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Preguntas frecuentes acerca de los impuestos de Airbnb

Impuestos Airbnb

Impuestos Airbnb

Diariamente recibimos numerosas llamadas a nuestro despacho contable de varios anfitriones de Airbnb en las cuales nos comparten sus principales inquietudes y dudas acerca de los impuestos de Airbnb y las nuevas retenciones que entraron en vigor el 1° de junio del 2020, si bien las retenciones son nuevas el pago de impuestos no lo es y existe mucha confusión ya que debido al desconocimiento en materia tributaria o al haber contratado a contadores poco actualizados muchos anfitriones tenían la idea de que antes no se pagaba impuestos y no hay nada más alejado de la realidad ya que cualquier actividad económica genera impuestos.

A continuación te comentamos las principales dudas que recibimos a diario:

¿Ahora tengo que declarar?
La realidad es que desde que inicias a rentar una propiedad en Airbnb o en cualquier plataforma similar estás llevando a cabo una actividad de hospedaje lo que te obliga a tributar forzosamente en el régimen de actividad empresarial o hasta el 30 de mayo podías haberlo hecho en el Régimen de Incorporación Fiscal para aprovechar los incentivos fiscales del mismo. Por lo que sí debes presentar declaraciones a menos de que tus ingresos no superen los $300,000 pesos anuales y que tu única fuente de ingresos sea Airbnb, además es importante que mantengas al día tu contabilidad para persona física con actividad empresarial.

¿Estoy inscrito en el RIF, sigue aplicando el subsidio ?
Desde el 1° de Junio del 2020 el art 111 de la LISR establece que “Las personas físicas que presten servicios o enajenen bienes por Internet, a través de las plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas” no pueden tributar en el RIF por lo que es necesario hacer el cambio de obligaciones a Persona Física con Actividad Empresarial.

¿Cada cuanto tengo que presentar mis declaraciones ?
Mensualmente debes presentar tu declaración de ISR, IVA y retención de ISR por sueldos y salarios o asimilados a salarios en caso de que tengas trabajadores.

¿Además del impuesto que me retiene airbnb tengo que pagar más?
Dependiendo de tu nivel de ingresos y las deducciones que tengas cada mes sí es posible que puedas generar impuestos adicionales, recuerda que el ISR puede llegar hasta 35% en personas físicas y que el IVA es del 16%. La retención máxima que airbnb te realizará es 10% de ISR y 8% de IVA.

¿Las retenciones son opcionales?
No, las retenciones son obligatorias y las realizará airbnb de forma automática

Si eres anfitrión de Airbnb  en Decláralo podemos ayudarte a cumplir con tus obligaciones fiscales en todo momento, solo completa el formulario o regístrate en nuestras sesiones de impuestos airbnb dando clic aquí donde resolveremos todas tus dudas.