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RESICO de Personas físicas y las obligaciones que conlleva

Es de gran importancia que conozcas los reglamentos legales existentes en el país para que puedas beneficiarte de las actividades que llevas a cabo y evitar muchos problemas en el ámbito impositivo y financiero. En este artículo te explicamos qué es el RESICO personas físicas, para qué sirve, qué obligaciones conlleva este régimen, y las ventajas y desventajas.

¿Qué es el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)?

El 1 de enero de 2022 entró en vigor el Régimen simplificado de confianza (RESICO) que pertenece al SAT. Con este puedes obtener muchas ventajas y beneficios si eres una persona emprendedora y posees tu propia empresa o negocio. Dentro de este régimen fiscal pueden entrar personas morales y físicas. En específico, en este artículo te explicamos el caso de persona física.

¿Qué ventajas tiene el RESICO para personas físicas?

Se trata de una simplificación administrativa encargada de hacer más fácil, rápido y eficaz el proceso del pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR). El objetivo principal de esto es que las personas que ganen menos dinero, paguen menos impuestos mediante la reducción de la tasa impositiva.

¿Cuáles son las desventajas del RESICO para personas físicas?

Uno de los principales inconvenientes de esto es que no cualquier persona puede entrar. A continuación, te presentamos una lista de los individuos que no pueden ingresar:

Si eres accionista o socio de personas morales, a excepción de:

  • Que estén relacionados con personas morales que realicen el tributo en el Régimen de las Personas Morales con fines no Lucrativos, o de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
  • Aquellos que apliquen otro tipo de estímulos o beneficios fiscales.
  • Que tengan relación con personas morales que hayan sido constituidas como sociedades o instituciones civiles con el objeto de administrar cajas de ahorro o fondos, así como también sociedades de préstamo y ahorro cooperativas, creadas con el fin de moderar sus actividades.
  • Aquellos que tengan ingresos alineados a regímenes fiscales preferentes. Dicho de otra manera, aquellos que no se están gravados en el extranjero, o si están, que sea con una renta inferior al 75 % del que normalmente se pagaría en México.
  • Aquellos que residan en el extranjero, y que tengan ya sea uno o varios establecimientos de manera permanente dentro de los límites territoriales del país.
  • Estar relacionados con socios de cooperativas de producción, compuestas solamente por personas físicas que se dediquen de manera exclusiva a realizar actividades ganaderas, agrícolas, pesqueras y silvícolas. Además, dichos socios deben cumplir por cuenta propia con sus obligaciones fiscales.
  • Estos supuestos que se alinean a salarios:
    • Honorarios que sean prestados a un prestatario.
    • Honorarios dados a directivos, de vigilancia, miembros de consejo, administradores comisarios, consultivos y gerentes generales.
    • Cualquier persona física que tenga actividades empresariales cuando le informen a su prestatario que prefieren pagar el impuesto por el régimen de asimilados a salarios.
    • Los honorarios obtenidos a causa de servicios prestados a personas físicas con actividad empresarial o a empresas, en el momento que comuniquen por escrito al prestatario que prefieren pagar el impuesto correspondiente al régimen de asimilados a salarios.

    ¿Cuáles son mis obligaciones como persona física dentro del RESICO?

    Si percibes ingresos anuales menores a 3.5 millones de pesos facturados dependiendo de tu actividad económica, que pertenezcan a cualquiera de los cuatro regímenes fiscales del Régimen Simplificado de Confianza, que son:

    • Régimen de Incorporación Fiscal.
    • Actividades empresariales y profesionales.
    • Actividades Agrícolas, Ganaderas, Pesqueras o Silvícolas.
    • Uso o goce de bienes inmuebles.

    Entonces debes pagar entre el 1 y el 2.5 % de tus ingresos. Este nuevo Régimen Simplificado de Confianza va a utilizar como base los ingresos facturados y cobrados, lo que va a permitir disminuir la labor contable de la persona contribuyente sin que sea requerido el apoyo de terceras personas.
    Esperamos que este artículo te haya ayudado a entender mejor el funcionamiento del RESICO personas físicas. Para cualquier otra aclaración contacta con nuestro Despacho Contable